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Información general de la Educación Secundaria Obligatoria

Organización de las enseñanzas

Según lo dispuesto en el Real Decreto 217/2022, de 29 de marzoBOE, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria, la etapa comprende cuatro cursos académicos y se organiza en materias y ámbitos:

Primero a tercer curso

Las materias obligatorias*, que se podrán agrupar en ámbitos, serán las siguientes:

  • Biología y Geología.
  • Educación Física.
  • Educación Plástica, Visual y Audiovisual.
  • Física y Química.
  • Geografía e Historia.
  • Lengua Castellana y Literatura y, si la hubiere, Lengua Cooficial y Literatura.
  • Lengua Extranjera.
  • Matemáticas.
  • Música.
  • Tecnología y Digitalización.

En todos los cursos de la etapa se deberán cursar las materias marcadas en negrita y, además, Biología y Geología y/o Física y Química, y al menos una materia del ámbito artístico. Las Administraciones educativas podrán añadir una segunda lengua extranjera entre las materias de cursado obligatorio.

Asimismo, en el conjunto de los tres cursos, deberá cursarse alguna materia optativa, cuya oferta debe incluir, al menos, una segunda lengua extranjera en todos los cursos, Cultura Clásica y una materia para el desarrollo de la competencia digital.

Cuarto curso

Todo el alumnado deberá cursar*:

  • Educación Física.
  • Geografía e Historia.
  • Lengua Castellana y Literatura y, si la hubiere, Lengua Cooficial y Literatura**.
  • Lengua Extranjera.
  • Matemáticas A o Matemáticas B, en función de la elección de cada estudiante.

Y, además, tres materias de entre las siguientes:

  • Biología y Geología.
  • Digitalización.
  • Economía y Emprendimiento.
  • Expresión Artística.
  • Física y Química.
  • Formación y Orientación Personal y Profesional.
  • Latín.
  • Música.
  • Segunda Lengua Extranjera.
  • Tecnología.

Además, se podrán cursar una o más materias optativas de acuerdo con el marco que establezcan las administraciones educativas, y teniendo en cuenta la continuidad de las materias optativas de 1º a 3º. Para reforzar la inclusión, podrán incorporarse las lenguas de signos españolas.

*En algún curso de la etapa todo el alumnado cursará la materia de Educación en Valores Cívicos y Éticos.

**En todos los cursos de la etapa, podrán establecerse exenciones de cursar o de ser evaluados de la materia Lengua Cooficial y Literatura en las condiciones previstas en la normativa autonómica correspondiente, que debe garantizar, en todo caso, la adquisición de la competencia lingüística suficiente en ambas lenguas oficiales.

Calendario de implantación del currículo LOMLOE

La implantación del Real Decreto 217/2022, de 29 de marzoBOE se completa en el curso 2023-2024, incluidos los programas de diversificación curricular y los Ciclos Formativos de Grado Básico.

Atención a las diferencias individuales

La Educación Secundaria Obligatoria se organizará de acuerdo con los principios de educación común y de atención a la diversidad del alumnado.

Las administraciones educativas deben establecer la regulación que permita a los centros adoptar las medidas necesarias para responder a las necesidades concretas de sus alumnos y alumnas, teniendo en cuenta sus circunstancias y sus diferentes ritmos de aprendizaje.

Dichas medidas deben permitir que todo el alumnado alcance el desarrollo de las competencias previsto en el Perfil de salida y consiga los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria. Para ello, se podrán realizar adaptaciones curriculares y organizativas con el fin de que el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo pueda alcanzar el máximo desarrollo de sus capacidades personales. En particular, se establecerán medidas de flexibilización y alternativas metodológicas en la enseñanza y la evaluación de la lengua extranjera para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo que presenta dificultades en su comprensión y expresión. Estas adaptaciones en ningún caso se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas.

También regularán soluciones específicas para la atención del alumnado que manifieste dificultades especiales de aprendizaje o de integración en la actividad ordinaria de los centros, del alumnado de alta capacidad intelectual y de los alumnos y alumnas con discapacidad.

Programas de Diversificación Curricular

Estos programas se orientan a la consecución del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria por parte de quienes presenten dificultades relevantes de aprendizaje tras haber recibido, en su caso, medidas de apoyo en el primero o segundo curso de esta etapa, o quienes puedan beneficiarse de esta medida de atención a la diversidad. Para ello se aplicará una metodología específica a través de una organización del currículo en ámbitos de conocimiento, actividades prácticas y, en su caso, materias, diferente de la establecida con caácter general para alcanzar los objetivos de la etapa y las competencias establecidas en el Perfil de salida.

Con carácter general, los programas se llevarán a cabo en dos años, desde tercer curso hasta el final de la etapa. Podrá incorporarse a un programa:

  • Quien, al finalizar el segundo o el tercer curso, no esté en condiciones de promocionar, si el equipo docente considera que la permanencia un año más en ese mismo curso no va a suponer un beneficio en su evolución académica.
  • Excepcionalmente, quien, al finalizar cuarto curso, no esté en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, si el equipo docente considera que esta medida le permitirá obtenerlo sin exceder los límites de permanencia previstos para la etapa.

Este programa incluirá:

  • Ámbito lingüístico y social, que recogerá, al menos, los aspectos básicos del currículo correspondientes a las materias de Geografía e Historia, Lengua Castellana y Literatura y, si la hubiere, Lengua Cooficial y Literatura.
  • Ámbito científico-tecnológico, que incluirá, al menos, los correspondientes a las materias de Matemáticas, Biología y Geología, Física y Química, y, en su caso, a la materia de Tecnología y Digitalización.
  • Al menos, tres materias de la etapa no contempladas en los ámbitos, que deben cursarse con carácter general en un grupo ordinario. Una de ellas puede ser la Lengua Extranjera, si no se ha incluido e el ámbito lingüístico y social.
  • Se podrá establecer además un ámbito de carácter práctico.

El alumnado con necesidades educativas especiales podrá participar en los programas de diversificación curricular, con los recursos de apoyo que, con carácter general, se prevean para este alumnado.

Ciclos Formativos de Grado Básico

Van dirigidos preferentemente a quienes presenten mayores posibilidades de aprendizaje y de alcanzar las competencias de la ESO en un entorno vinculado al mundo profesional.

El equipo docente podrá proponer la incorporación a un Ciclo Formativo de Grado Básico de quien que cumpla los siguientes requisitos:

  • Tener quince años, o cumplirlos en el año natural en curso.
  • Haber cursado el tercer curso de ESO o, excepcionalmente, el segundo curso.

Estas enseñanzas se organizan en tres ámbitos:

  • Ámbito de Comunicación y Ciencias Sociales, que incluye las materias Lengua Castellana, Lengua Extranjera de Iniciación profesional, Ciencias Sociales y, en su caso, Lengua Cooficial.
  • Ámbito de Ciencias Aplicadas, que incluye las materias Matemáticas Aplicadas y Ciencias Aplicadas.
  • Ámbito Profesional, que incluirá al menos la formación necesaria para obtener una cualificación de nivel 1 del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales a que se refiere el artículo 7 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.

Además, podrían incuirse otras materias o módulos.

La superación de la totalidad de los ámbitos conducirá a la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y del título de Técnico Básico en la especialidad correspondiente.

Se podrán organizar ofertas específicas de Ciclos Formativos de Grado Básico dirigidas al alumnado con necesidades educativas especiales, que podrá estar escolarizado al menos hasta los 21 años.

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