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Marco legal del sistema educativo

La educación, y el sistema educativo, se encuentran amparados por un amplio marco legal:

Constitución Española

La Constitución EspañolaBOE establece el marco competencial en materia educativa entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (LODE)

La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (LODE)BOE desarrolla los principios que, en materia de educación, contiene la Constitución Española.

Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación

logo LOE

La primera redacción de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de EducaciónBOE se publicó en el año 2006 y sienta las bases reguladoras de nuestro sistema educativo, inspirada, según se indica en su preámbulo, en tres principios fundamentales:

  • La exigencia de proporcionar una educación de calidad a todos los ciudadanos de ambos sexos, en todos los niveles del sistema educativo.
  • La necesidad de que todos los componentes de la comunidad educativa colaboren para conseguir ese objetivo tan ambicioso.
  • Un compromiso decidido con los objetivos educativos planteados en aquel momento por la Unión Europea, orientados principalmente a mejorar la calidad y la eficacia de los sistemas de educación y de formación.

Su texto consolidado recoge las modificaciones establecidas en la LOMLOE, y es por tanto la principal referencia legislativa a consultar.

Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOMLOE)

logo LOMLOE

La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOMLOE)BOE, cuya andadura comienza en octubre de 2018, vuelve a partir del texto de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. Posteriormente, fue aprobada por el Pleno del Congreso de los Diputados en la sesión celebrada el 19 de noviembre de 2020 y con fecha 23 de diciembre de 2020, se aprobó en el Senado.Salto de línea Según se subraya en su exposición de motivos, más allá de revertir los aspectos más controvertidos de la anterior reforma, aspira a establecer un renovado ordenamiento legal que aumente las oportunidades educativas y formativas de toda la población, que contribuya a la mejora de los resultados educativos del alumnado, y satisfaga la demanda generalizada en la sociedad española de una educación de calidad para todos.Salto de línea En su búsqueda del consenso, la ley deja ciertos aspectos sin concretar, a la espera de un desarrollo normativo posterior, previa consulta con las Comunidades Autónomas en el seno de la Conferencia Sectorial.

Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU)

La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema UniversitarioBOE, es el marco que proporciona a las Universidades las soluciones normativas, teniendo en cuenta sus distintas características, y sus necesidades presentes y futuras, siempre con el objetivo y horizonte de la mejora de la calidad y la excelencia, del desarrollo de la actividad universitaria como factor dinamizador de la sociedad a la que sirve y de la generación de confianza de los ciudadanos en las instituciones de enseñanza superior.

Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación ProfesionalBOE tiene por objeto la ordenación de un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditación, que responda con eficacia y transparencia a las demandas sociales y económicas a través de las diversas modalidades formativas.

Normativa desarrollada por las Administraciones Educativas

Puesto que las competencias en educación están transferidas a las Comunidades Autónomas, éstas desarrollarán su propia normativa, acorde a la normativa básica establecida por el Estado.

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