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Información general sobre la Educación Primaria

Características de la evaluación en Educación Primaria

La evaluación del alumnado será continua y global y tendrá en cuenta su progreso en el conjunto de los procesos de aprendizaje.

Cuando el progreso de un alumno o alumna no sea el adecuado, se establecerán medidas de refuerzo educativo, que deben adoptarse tan pronto como se detecten las dificultades con el fin de garantizar la adquisición de los aprendizajes imprescindibles para continuar el proceso educativo.

Las Administraciones educativas desarrollarán orientaciones para que los centros docentes puedan elaborar planes de refuerzo o de enriquecimiento curricular que permitan mejorar el nivel competencial del alumnado que lo requiera.

El profesorado evaluará tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente.

El equipo docente, coordinado por el tutor o la tutora del grupo, valorará, de forma colegiada, el progreso del alumnado en una única sesión de evaluación que tendrá lugar al finalizar el curso escolar.

Se promoverá el uso generalizado de instrumentos de evaluación variados, diversos, accesibles y adaptados a las distintas situaciones de aprendizaje que permitan la valoración objetiva de todo el alumnado.

Resultados de la evaluación

Los resultados de la evaluación se expresarán en los siguientes términos: «Insuficiente» («IN»), para las calificaciones negativas, y «Suficiente» («SU»), «Bien» («BI»), «Notable» («NT») y «Sobresaliente» («SB») para las positivas.

Referentes para la evaluación

Los referentes para la evaluación serán los criterios de evaluación recogidos para cada ciclo y área en los currículos desarrollados por las Administraciones educativas a partir del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzoBOE, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria, de aplicación para los cursos primero, tercero y quinto desde el curso 2022-2023, y para los cursos segundo, cuarto y sexto desde el curso 2023-2024.

Como consecuencia de lo anterior, para los cursos segundo, cuarto y sexto durante el curso 2022-2023:

  • los referentes para la evaluación serán los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables, recogidos en el anexo I y II del Real Decreto 126/2014, de 28 de febreroBOE, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria. No obstante, los estándares de aprendizaje evaluables tendrán carácter orientativo.
  • La norma regulatoria de la evaluación y la promoción es el Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembreBOE, por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional.

Promoción

Al final de cada ciclo, el equipo docente adoptará las decisiones relativas a la promoción del alumnado de manera colegiada, tomando especialmente en consideración la información y el criterio del tutor o la tutora.

El alumno o la alumna accederá al curso o etapa siguiente siempre que se considere que ha logrado los objetivos propuestos y alcanzado el grado de adquisición de las competencias correspondientes. Si promociona al curso siguiente con algunos aprendizajes del curso anterior sin consolidar, se diseñará un plan específico de refuerzo o recuperación y apoyo.

Con carácter excepcional, tras haber aplicado las medidas ordinarias suficientes, adecuadas y personalizadas para atender las dificultades de aprendizaje de un alumno o alumna, el equipo docente podrá proponer que permanezca un año más en el mismo curso, si considera que esa es la medida más adecuada para favorecer su desarrollo. En este caso, se diseñará un plan específico de refuerzo para que, durante ese curso, consiga alcanzar las competencias correspondientes. Esta decisión solo se podrá adoptar una vez durante la etapa.

Al final de cada ciclo, el tutor o tutora emitirá un informe individual sobre el grado de adquisición de las competencias clave, indicando en su caso las medidas de refuerzo que se deben contemplar en el ciclo o etapa siguiente.

Asimismo, cada alumno o alumna dispondrá al finalizar la etapa de un informe sobre su evolución y el grado de desarrollo de las competencias clave.

Documentos oficiales de evaluación

Los documentos oficiales de evaluación son el expediente académico, las actas de evaluación, el historial académico, el informe final de etapa y, en su caso, el informe personal por traslado.

Las actas de evaluación se extenderán para cada uno de los cursos y se cerrarán al término del período lectivo ordinario.

Evaluación del alumnado con necesidades educativas especiales

Los referentes de la evaluación en el caso de alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales serán los incluidos en las correspondientes adaptaciones del currículo, sin que este hecho pueda impedirles promocionar de ciclo o etapa.

Se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de los procesos asociados a la evaluación se adapten a las necesidades del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

Evaluación de diagnóstico

En el cuarto curso de Educación Primaria todos los centros realizarán una evaluación de diagnóstico de las competencias adquiridas por su alumnado. Esta evaluación, que será responsabilidad de las Administraciones educativas, tendrá carácter informativo, formativo y orientador para los centros, para el profesorado, para el alumnado y sus familias y para el conjunto de la comunidad educativa. La finalidad de esta evaluación será diagnóstica y en ella se comprobará al menos el grado de dominio de la competencia en comunicación lingüística y de la competencia matemática.

Estas evaluaciones tendrán en cuenta al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad, incluyendo, en las condiciones de realización de dichas evaluaciones, las adaptaciones y recursos que hubiera tenido.

En el marco de los planes de mejora a los que se refiere el artículo 121 de la LOMLOE acerca del proyecto educativo del centro y a partir del análisis de los resultados de la evaluación de diagnóstico, las Administraciones educativas promoverán que los centros elaboren propuestas de actuación que contribuyan a que el alumnado alcance las competencias establecidas, permitan adoptar medidas de mejora de la calidad y la equidad de la educación y orienten la práctica docente.

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